Formulario de Conacto

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SANTA ROSA, 23 de julio de 2015.-
VISTO:
Lo resuelto por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de La Pampa para las solicitudes de informes de dominio;
CONSIDERANDO
Que, resulta necesario dar certeza sobre datos de titularidad de dominio que se incluyen en los expedientes de mensura,
Que la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de La Pampa es el responsable de Registrar los documentos que constituyan, transmitan, declaren, modifiquen o extingan derechos reales sobre bienes inmuebles,
Que es, por lo tanto quien emite Informes de Dominio sobre la situación jurídica de los inmuebles para ser presentados ante quien lo requiera.
Que en consecuencia resulta de fundamental importancia contar con la citada información por parte de dicho organismo, lo que redundara en la calidad de los datos y dará celeridad al tratamiento de los expedientes de mensura,
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
DISPONE:
Artículo 1°.- Será requisito para dar inicio a todo expediente de mensura en esta Dirección General, presentar Informe de Dominio de las parcelas involucradas, expedido a tal efecto por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI).
Artículo 2°.-El informe deberá ser presentado por duplicado, siendo el original para el expediente y una copia simple para desglosar al legajo parcelario.
Artículo 3°.-El requisito del articulo primero será solicitado en todo expediente que se inicie desde el 03 de agosto del 2015 en adelante, siendo obligatoria su presentación con la iniciación de expedientes desde el 01 de septiembre del 2015 en adelante.
Artículo 4°.-El estudio del dominio se realizará en base a la documentación presentada, y en caso de inconsistencia con los antecedentes catastrales, se dará continuidad al expediente, notificando de tal situación al RPI para que se expida al respecto.
Artículo 5°.-En el supuesto descripto en el articulo precedente, solo se procederá al Conformado una vez que se expida el RPI.
Artículo 6°.- Comuníquese a los Departamentos de la Dirección General de Catastro y cumplido archívese.-
DISPOSICION Nº 267/ 2015.-

 

DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO                  
Subsecretaría de Ingresos Públicos         
Ministerio de Hacienda y Finanzas

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